La Junta aprueba el Proyecto de Ley de Tanteo y Retracto en desahucios de viviendas

La Junta aprueba el Proyecto de Ley de Tanteo y Retracto en desahucios de viviendas

Gobierno Andaluz./ Málaga Actualidad.

4.000.000 de euros para su apliación

[MÁLAGA].- El delegado del Gobierno andaluz, José Luis Ruiz Espejo, ha destacado el "impulso social" que supone la aprobación del proyecto de Ley de Tanteo y Retracto en Desahucio de Viviendas aprobado por la Junta, "un impulso para ampliar y reforzar las medidas contra los desahucios".

Tras la aprobación del proyecto de ley presentado este lunes por el delegado del Gobierno andaluz, José Luis Ruiz Espejo, y la secretaria general de Vivienda, Catalina Madueño, se inicia la tramitación de esta nueva normativa "que supone una medida pionera en España y que sitúa al Gobierno andaluz nuevamente en la vanguardia de la protección de los derechos sociales", ha señalado Ruiz Espejo. Según la secretaria general de Vivienda, esta nueva ley "refuerza las medidas para luchar contra los desahucios y amplía la protección de las familias frente a las ejecuciones hipotecarias y las daciones en pago en la comunidad autónoma".

Una de las principales novedades que plantea esta nueva ley es que permite a la Junta el ejercicio del derecho de compra preferente de los inmuebles afectados por este tipo de procesos, garantizando que las familias puedan permanecer en ellas a través de un alquiler social. Además, se modifica el régimen sancionador para prevenir abusos y reforzar los derechos de las personas consumidoras en las operaciones de adquisición de viviendas protegidas.

La medida de compra preferente supondrá un incremento del parque público residencial de la Junta, que se destinará principalmente a atender a las personas en situación de vulnerabilidad y con mayores dificultades para acceder a una vivienda.

El proyecto establece que la Administración hará el tanteo y retracto según la situación socioeconómica de las familias, aplicándose a los colectivos de especial protección y atendiendo a una tipología de inmuebles que deberá responder a las características exigidas para las Viviendas de Protección Oficial (VPO).

El tanteo y el retracto se harán en los procesos de dación en pago, mientras que para los procedimientos de ejecución hipotecaria se hará solo el retracto, lo que conlleva una intervención al final del proceso una vez comunicado el desalojo y finalizada la subasta judicial de la vivienda y su adjudicación. Esta medida se llevará a cabo en un periodo de 60 días a partir de la notificación de la transmisión del inmueble al nuevo adjudicatario. En el caso de que, tras la subasta, la familia aún permanezca en la vivienda, el plazo se hará desde que el juez determine la fecha de salida de la familia del inmueble. Si la Administración no tiene conocimiento de la orden de desahucio, se podrá comprar en el momento en el que tenga constancia de la misma.

El proyecto de ley será remitido al Parlamento andaluz para su debate y aprobación definitiva, si bien el Ejecutivo ya ha reservado en los presupuestos de 2017 una partida de 4.000.000 de euros para su aplicación.

Finalmente, la futura norma modificará la Ley 13/2005 de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo para reforzar la protección de los adjudicatarios. Así, el proyecto incluye como sanción muy grave, con multas de entre 30.001 a 120.000 euros, la no devolución por parte de los promotores de las cantidades entregadas por los adjudicatarios en caso de resolución del contrato de compraventa. Otra falta grave sancionada con una multa de entre 3.001 y 30.000 euros, es el incumplimiento del adjudicatario de ocupar el inmueble como domicilio habitual y permanente en el pazo previsto, así como la no presentación de la documentación requerida sobre la ocupación.

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