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El Ayuntamiento de Málaga anuncia la recuperación del inmueble ocupado en calle Nosquera

El Ayuntamiento de Málaga anuncia la recuperación del inmueble ocupado en calle Nosquera

La Junta de Gobierno Local. / Ayuntamiento de Málaga

En un plazo de 15 días y la clausura del mismo

MÁLAGA- La Junta de Gobierno Local ha dado luz verde al reinicio de los trámites para recuperar la posesión del inmueble ocupado en calle Nosquera, 9 y 11. Así, se ha acordado por un lado, desestimar el recurso de reposición planteado por la Fundación de los Comunes a los acuerdos adoptados en la Junta de Gobierno Local del 22 de junio de 2018 de cara a recuperar la posesión del inmueble ocupado.

En concreto, los acuerdos que se han aprobado en la sesión de Junta de Gobierno ha hecho alusión a la recuperación del edificio por parte del Consistorio, la orden de desalojo, la entrega de la posesión del inmueble, así como la clausura del mismo.

Consecuentemente con lo anterior, se ha aprobado proseguir con el procedimiento para recuperar de oficio el inmueble de titularidad municipal situado en calle Nosquera 9 y 11.

De este modo, se ha aprobado el desalojo del inmueble en un plazo de 15 días, advirtiéndose de que si el requerimiento no es atendido se realizará un nuevo requerimiento para que se proceda al desalojo en el plazo de 8 días. En caso de que este plazo no sea atendido se procederá al lanzamiento por el Ayuntamiento con sus propios medios, de acuerdo al procedimiento legal establecido, siendo de cuenta del ocupante los gastos del desalojo. Asimismo, se requiere la entrega de la posesión del inmueble al Ayuntamiento y se ordena la clausura del mismo.

También se ha dado luz verde, una vez obtenida la posesión del inmueble, a la redacción del proyecto técnico a fin de dotar al mismo de las condiciones necesarias para cumplir con el destino de equipamiento comunitario fijado por el planeamiento.

Como se recoge en la propuesta que se ha aprobado, en función del presupuesto de ejecución de las obras y recomendaciones de los técnicos en cuanto a la inmediatez con la que haya de acometerse la rehabilitación del edificio, adoptar los acuerdos pertinentes que podrán ir encaminados a la ejecución directa de las obras por el Ayuntamiento y puesta en uso del edificio con carácter previo a la licitación en pública concurrencia de concesión administrativa para uso cultural del edificio y la licitación en pública concurrencia de concesión administrativa para uso cultural del edificio, con entrega del edificio en el estado en que se encuentre y con la obligación de ejecutar las obras por el adjudicatario si ello resulta viable según la memoria económica que se realice.

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