La orden incluirá solo a los usuarios que decidan acceder a los espacios de hostelería, ocio o esparcimiento
ANDALUCÍA- El presidente de la Junta, Juanma Moreno, ha anunciado en rueda de prensa, durante la presentación del Centro de Investigación contra el Cáncer, que el TSJA ha aprobado el pasaporte covid para acceder a los establecimientos de ocio y hostelería en Andalucía. La medida estará vigente hasta el 15 de enero.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha aceptado ratificar la orden referente al certificado del Covid o prueba diagnóstica para acceder a los establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento. Según establece la propia norma, los usuarios que tengan la pauta completa deberán presentar el pasaporte covid o una prueba diagnóstica realizada en las últimas 72 horas, si es PCR, o de 48 horas si se trata de un test de antígenos.
La medida presentada por la Junta de Andalucía fue tumbada, en primera instancia, al considerar que no había una proporcionalidad en los trabajadores. Sobre este hecho, se ha indicado que el requisito se cumple al destinarse esta nueva orden a los usuarios de los espacios.
Por otro lado, se ha señalado la necesidad de reducir la tasa de contagios con la limitación de accesos a las personas que tienen un mayor riesgo de transmisión. Así, ha indicado el auto, "la experiencia demuestra que estos espacios de socialización favorecen una relajación de la atención necesaria para respetar las medidas de prevención individuales, tales como el uso de la mascarilla o el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal".
Además, se ha incidido en la lesión que realiza el auto sobre los derechos fundamentales como el derecho a la intimidad y a la igualdad, añadiendo que "la intensidad de esta vulneración resulta tan escasa".